Procesos judiciales: Embargos

Conoce que consecuencias traen los embargos, como lo pueden embargar y que hacer para evitarlo.

CONSECUENCIAS

Esp. Carolina Rueda

9/13/20252 min read

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¿QUE ES UN EMBARGO?

La Ley que reglamenta los embargos es el Código General del Proceso, CGP, y específica el proceso que debe llevar a cabo el secuestrador

El embargo es una medida cautelar que recae sobre los bienes de una persona (denominada deudor) que no ha cumplido con alguna obligación o que le adeuda algo a otra persona (denominada acreedor); El objetivo principal del embargo es garantizar que el deudor cumpla la obligación o pague la deuda a favor del acreedor. Inmovilizar los bienes del deudor asegura que lo embargado pueda ser utilizado para satisfacer tal obligación o deuda.

Según varios expertos, mencionan que la medida de embargo es decretada únicamente en Colombia por un juez de la República, o en su defecto por una entidad también del estado que tiene su jurisdicción especial, conocida como jurisdicción de cobro coactivo. Entre las entidades para decretar embargos, están:

  • La DIAN

  • Secretarías de Hacienda

  • El SENA.

  • El ICBF

  • El Consejo superior de la judicatura

¿Sobre qué bienes puede recaer un embargo?

  • El embargo puede aplicarse sobre diversos bienes y derechos susceptibles de valoración económica:

    • Sumas de dinero en cuentas de ahorro y corrientes.

    • Créditos y derechos.

    • Acciones y títulos valores.

    • Bienes inmuebles (casas, apartamentos).

    • Vehículos.

    • Sueldos y pensiones.

En Colombia, te pueden embargar tu salario por hasta una quinta parte del excedente por encima del salario mínimo, a menos que la deuda sea de alimentos o con una cooperativa, en cuyo caso se puede embargar hasta el 50% del salario mínimo. En cuentas de ahorro, los primeros $52.385 (equivalente a 210,50 UVT, según la ley vigente en 2025) son inembargables, mientras que en cuentas corrientes no hay límite. Los auxilios estatales también son inembargables.

Embargo de salario

  • Salario mínimo: En principio, el salario mínimo es inembargable.

  • Deudas generales: Si ganas más de un salario mínimo y tienes deudas con bancos, almacenes u otros particulares, se puede embargar hasta una quinta parte del excedente de tu sueldo.

  • Deudas de alimentos y cooperativas: Para este tipo de deudas, se puede embargar hasta el 50% del salario mínimo, pero esto debe ser ordenado por un juez.

Embargo de cuentas bancarias

  • Cuentas de ahorro:

    Existe un monto mínimo inembargable de $52.385 (equivalente a 210,50 UVT en 2025). Si tu saldo es inferior a este valor, no te pueden embargar nada. Si tienes más, el embargo solo aplica sobre el excedente de esa suma.

  • Cuentas corrientes:

    No tienen un monto de inembargabilidad, por lo que el saldo total puede ser embargado.

  • Aplicaciones de pago móvil:

    El monto mínimo de inembargabilidad de cuentas de ahorro aplica también a estas cuentas, como Nequi o Daviplata.

¿Cómo prevenir un embargo?

  • Cumplir con las obligaciones: Pagar a tiempo las deudas para evitar el incumplimiento.

  • Organizar las finanzas: Llevar un control de ingresos y gastos para gestionar el dinero.

  • Conocer las leyes: Estar al tanto de las leyes de embargo y cómo pueden afectarle como deudor.